Derecho del Consumidor

Mediante lo dispuesto en la ley 24.240 relativa a la defensa del consumidor, se realizan presentaciones tendientes a resarcir el derecho del usuario respecto a:

• TELEFONÍA CELULAR. Facturación indebida, falta de entrega del producto acordado, precio inadecuado respecto al plan contratado, deficiencias en la señal y/o calidad de la comunicación, negativa a dar cumplimiento con la garantía del equipo.

• BIENES MUEBLES. Defectos en la fabricación del electrodoméstico adquirido, daño en la entrega del producto, incumplimiento del plazo convenido, desconocimiento de la garantía, facturación indebida, diferencias de precio.

• ACTIVIDAD BANCARIA. Cobros de comisiones indebidas, recargos de intereses, imposibilidad de dar la baja como cliente, stop debit, emisión de tarjeta no solicitada, diferencia entre el paquete informado y el adquirido, productos bancarios asignados unilateralmente sin consentimiento expreso.

• PÓLIZAS DE SEGURO. Imposibilidad de realizar la denuncia ante siniestro acaecido, falta de entrega de la documentación, inclusión de items no contratados, imposición de cláusulas de manera unilateral, irrealizable baja como cliente debido a pagos pendientes no informados.

• OBRAS SOCIALES Y PREPAGAS. Facturación indebida, falta de cobertura, diferencia entre el plan informado y el contratado, incrementos unilaterales, imposibilidad de dar la baja como cliente, negativa de realizar el reintegro correspondiente.

• SERVICIOS GENERALES. Deficiencias en la prestación del servicio, falta de información de la tarea a realizar, incumplimiento del plazo de finalización o entrega, incremento de gasto y/o pago de manera unilateral, diferencia entre lo publicado y lo efectivamente ofrecido.

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Roberto Gabriel Mateo

San Isidro, Socio

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